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Los propietarios que vendan la vivienda deberán indemnizar a los inquilinos que residan en ella

  • hace 4 días
  • 1 Min. de lectura

SOCIEDAD/

F.A. LAS NOTICIAS - Miércoles/13/mayo/2026


La compraventa de viviendas con inquilinos genera una amplia horquilla de dudas en España. Tanto propietarios como arrendatarios se preguntan qué ocurre con el contrato de alquiler cuando el inmueble cambia de manos y, sobre todo, cuándo existe obligación de indemnizar. La respuesta está en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la norma que regula los alquileres en el país.


En concreto, su artículo 14 fija las reglas del juego y deja claro en qué situaciones el inquilino tiene derecho a compensación económica.


Lo que muchos desconocen es que vender una vivienda alquilada no implica, por sí mismo, que el contrato desaparezca.


Derecho a indemnización


El escenario cambia cuando el contrato de alquiler establece una duración superior a los mínimos legales. En estos casos, la protección del inquilino no es absoluta frente al nuevo propietario.


La ley permite que el comprador solo esté obligado a respetar el contrato hasta alcanzar esos cinco o siete años. A partir de ahí, puede extinguir el arrendamiento aunque el documento firmado fijara un plazo mayor.


Aquí es donde surge el conflicto y, con él, el derecho a indemnización. Si el inquilino se ve obligado a abandonar la vivienda antes del tiempo pactado inicialmente, tiene derecho a ser compensado económicamente. Sin embargo, esta obligación no recae sobre el nuevo propietario.


La responsabilidad corresponde al vendedor, es decir, al antiguo dueño que firmó el contrato en condiciones que luego no puede garantizar tras la venta.


Este matiz es fundamental y suele ser fuente de errores. Muchos propietarios creen que al vender la vivienda se liberan completamente de responsabilidades, pero no siempre es así.


 
 
 

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